Con expedientes en análisis, el H. Consejo Directivo Universitario de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) ya se encuentra trabajando como autoridad instructora en casos de violaciones a derechos universitarios, lo que sienta un precedente pues, aunque esta capacidad estaba señalada en el Estatuto Orgánico de la institución, la medida no se había aplicado hasta la actual gestión.
Así lo informó la doctora Urenda Queletzú Navarro Sánchez, titular de la Defensoría de Derechos Universitarios (DDU), quien detalló que la universidad ha previsto un sistema de justicia de naturaleza administrativa que contempla al menos tres tipos de autoridades: las que realizan investigación dependiendo de la materia; las que ejecutan la instrucción con base a la competencia y calidad de la persona imputada y las de apelación.
Señaló que, en materia de violaciones a derechos humanos, a derechos universitarios y violencia de género, la investigación le corresponde a la DDU, misma que al emitir una recomendación donde se encuentre una responsabilidad la turna a la siguiente instancia, que es la autoridad instructora ejecutora.
La cual está fragmentada en conformidad a lo que establece el Artículo 154 del Estatuto Orgánico, que se refiere a quiénes responden los miembros de la universidad en cumplimiento de sus deberes u obligaciones en materia de responsabilidades. En el caso concreto de la calidad de algunos estudiantes y el tipo de sanción recomendada le corresponde al H. Consejo Directivo Universitario.
“Cuando la DDU turna un expediente donde se considera que reúne los elementos que de forma presumible hacen que haya una imputación directa hacia ciertas personas y que no considera que la sanción deba ser una amonestación o una suspensión sino la expulsión, esta recomendación debe ser analizada, garantizando un proceso en forma de juicio donde esa persona señalada pueda ser oída y vencida y en donde la representación victimal también concurra, que es la facultad que tiene precisamente el H. Consejo Directivo Universitario de acuerdo al Artículo 154 fracción sexta del Estatuto Orgánico”, señaló la doctora Navarro Sánchez.
Informó que actualmente, la DDU ya turnó un expediente por violencia de género, en una conducta específica de violencia sexual en contra de una integrante de la comunidad universitaria donde se encontró a dos personas responsables, por lo que se solicitó al CDU que se desahogue el procedimiento de instrucción, toda vez que se considera que amerita la expulsión de los presuntos.
“En la pasada sesión el Consejo éste tuvo conocimiento, se le dio cuenta del expediente que les turnamos y en función de ello se decidió integrar una comisión instructora o sancionadora, integrada por consejeras y consejeros quienes se van a encargar de desahogar el procedimiento, escuchar a las partes y definir la sanción a imponer. Esperamos que en próximos días se desahogue el proceso de instrucción y el Consejo emita una resolución”, señaló.
En el caso donde sean docentes, trabajadores o funcionarios los involucrados, el procedimiento se desahoga en la oficina del Abogado General, porque los efectos de la expulsión son la rescisión laboral.
Por último, destacó que en casos donde las violencias incluyan temas penales, cualquier autoridad universitaria que tenga conocimiento del hecho tiene la obligación de acompañar a las víctimas, y en su caso, formular las denuncias ante la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí o en las instancias respectivas. Sobre ello, dijo que ya se ha brindado el acompañamiento a diversas estudiantes hacia instancias externas por casos de acoso en servicio social, por lo que también se presentan denuncias en los órganos internos de éstas.
Hugo Laussín/TC
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