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Decreto 53

Una vez restablecida la autonomía, Juan H. Sánchez -primer rector de la universidad en 1923- fue nombrado encargado provisional del instituto en febrero de 1934 y en marzo de ese mismo año fue reelecto en el cargo, en el cual se mantuvo hasta 1938.

A Juan H. Sánchez se le atribuye la consolidación de la autonomía universitaria. Fue sucedido por otro médico: Antonio E. Urriza, quien renunció al cargo en 1939, un año antes de lo previsto, para ser candidato a la presidencia municipal de San Luis Potosí pero no consiguió convertirse en alcalde.

Tras la salida de Urriza, el interinato fue ocupado por Manuel de Alba y después por Vicente Gómez Sologuren (1939-1940). Fue en ese lapso cuando el Consejo Universitario acordó por unanimidad que el instituto adoptara el término “universidad” antes de Instituto Científico y Literario Autónomo.

De 1940 a 1944, Ignacio Morones Prieto ocupó la rectoría de la universidad. Durante el primer año de su gestión se integró una comisión para las reformas al Decreto 35, con la finalidad de que el nombre legal de la institución quedara como Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

Además, en 1941 se aprobó la utilización del escudo de armas de la ciudad como emblema universitario y en 1942, el auditorio Rafael Nieto pasó a manos de la universidad.

Durante su rectorado, Morones también gestionó la construcción de un nuevo hospital-escuela, con apoyo federal, y fue así como nació el Hospital Central “Ignacio Morones Prieto”.
Jesús N. Noyola- quien igual que Ignacio Morones Prieto era médico- llegó a la rectoría en 1944 y fue reelecto en 1946, concluyendo su gestión en 1948. Sin embargo, 10 años después volvió al cargo y se mantuvo en él hasta 1964, cuando renunció para postularse al Senado.

De 1948 a 1950, el médico Augusto Díaz Infante se encargó de la rectoría y fue en ese periodo, específicamente en diciembre de 1949, con Ismael Salas como gobernador, que el Congreso del Estado expidió el Decreto 53, referente a la Ley Orgánica del Artículo 100 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí.

En dicho documento ya se reconoce a la institución con el nombre de Universidad Autónoma de San Luis Potosí y se detalla que su objetivo es “difundir la cultura en el Estado, hacer investigación científica y formar los profesionistas, especialistas o técnicos cuyas actividades requieren legalmente título oficial para su ejercicio o que por su importancia y responsabilidad necesiten de una preparación adecuada”.

En el Decreto 53 se reconoció la plena personalidad jurídica de la institución, la libertad para organizarse y celebrar convenios, la libertad de cátedra y la protección de la autonomía “por todas las leyes y autoridades del Estado”.

Respecto a los recursos, se estipuló que la universidad contaría con un subsidio anual que le concedería el Estado conforme a sus posibilidades y éste se consignaría en la Ley de Egresos. Asimismo, se estableció que por prestar un servicio público, la UASLP quedaría exenta de toda clase de impuestos por su patrimonio y que “la administración de los fondos, subsidios o patrimonios no podrá ser objeto de fiscalización, revisión o examen por ninguna autoridad, por ser esta función propia y exclusiva de su Consejo Directivo”.

También se especificó que la universidad “nunca podrá intervenir en modo alguno en asuntos políticos y religiosos”.